Cuando uno de los coherederos ocupa en exclusiva un inmueble de la herencia antes de la partición, se genera un conflicto frecuente. En estos casos, la acción de desahucio por precario se convierte en una herramienta eficaz para proteger los derechos de toda la comunidad hereditaria.
¿Qué dice el Código Civil?
El artículo 394 del Código Civil reconoce que, mientras la herencia siga indivisa, todos los coherederos tienen derecho a usar y poseer los bienes hereditarios.
Sin embargo, este derecho tiene un límite claro:
- Ningún coheredero puede disfrutar en exclusiva de un bien común.
- No puede privar al resto de su uso o disfrute.
Por ello, cuando un coheredero ocupa una vivienda hereditaria sin título y sin consentimiento, su posesión se considera precario. En consecuencia, los demás herederos pueden ejercitar la acción de desahucio.
Jurisprudencia consolidada: posición firme del Tribunal Supremo.
El Tribunal Supremo ha mantenido una doctrina constante desde la STS 547/2010, de 16 de septiembre. En ella establece:
“Mientras la herencia permanezca indivisa, ningún coheredero puede atribuirse el uso exclusivo de un bien común. La posesión exclusiva sin título es precario y puede ser objeto de desahucio.”
Esta línea jurisprudencial ha sido confirmada por numerosas resoluciones posteriores, como la STS 501/2013, STS 74/2014 o STS 198/2023.
STS 1053/2025, de 1 de julio: nueva confirmación del Supremo
La más reciente sentencia del Tribunal Supremo refuerza esta doctrina con claridad. Según la STS 1053/2025:
- Si un coheredero ocupa en exclusiva un inmueble hereditario sin título válido, cualquier otro puede promover el desahucio por precario.
- Esto es así aunque el ocupante tenga una cuota mayoritaria en la herencia.
- El uso exclusivo sin acuerdo de la comunidad ni adjudicación en la partición es ilegítimo y puede reclamarse judicialmente.
En resumen, tener un porcentaje mayor en la herencia no da derecho a quedarse la vivienda en exclusiva.
Aunque haya testamento, si un coheredero ocupa la vivienda hereditaria sin adjudicación formal y quieres saber qué puedes hacer, contacta con nuestro despacho: analizamos tu caso y te asesoramos sobre la mejor vía legal para recuperar el inmueble.







